Articulo 42 Contratos del sector público en los ámbitos de la defensa y de la seguridad
Articulo 42 Contratos del... seguridad

Articulo 42 Contratos del sector público en los ámbitos de la defensa y de la seguridad

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 42. Plazo para la presentación de ofertas.

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


1. Cuando los contratos que vayan a ser adjudicados por procedimiento restringido estén sujetos a regulación armonizada, el plazo mínimo de recepción de las ofertas será de cuarenta días a partir de la fecha de envío de la invitación.

2. Cuando el órgano de contratación hubiera publicado el anuncio de información previa incluyendo en él el contrato a que se refiere el procedimiento de adjudicación, el plazo mínimo para la recepción de las ofertas podrá reducirse a treinta y seis días, o a veintidós, cuando existan razones justificadas para ello, contados, tanto en un caso como en otro, a partir de la fecha de envío de la invitación para presentar la oferta.

3. El plazo anterior podrá reducirse en cinco días cuando el órgano de contratación proporcione acceso a los pliegos y demás documentación del contrato por medios electrónicos, a partir de la fecha de publicación del anuncio especificando en el texto la dirección de Internet en la que dicha documentación puede consultarse.

Cuando los anuncios se formulen por medios electrónicos en la forma establecida, el plazo de recepción de ofertas podrá reducirse en siete días. Esta reducción será acumulable a la prevista en el párrafo anterior.

4. Cuando, por algún motivo, los pliegos y la restante documentación o la información complementaria, a pesar de haberse solicitado a su debido tiempo, no se hayan proporcionado en los plazos fijados en el artículo 41 de esta Ley o cuando las ofertas solamente puedan realizarse después de una visita sobre el terreno o previa consulta «in situ» de la documentación que se adjunte al pliego de condiciones, los plazos para la recepción de ofertas se prorrogarán de forma que todos los candidatos afectados puedan tomar conocimiento de toda la información necesaria para formular las ofertas.

5. Cuando la urgencia haga impracticables los plazos mínimos previstos en el presente artículo, el órgano de contratación podrá fijar un plazo de recepción de las ofertas que no podrá ser inferior a diez días a partir de la fecha de envío de la invitación a licitar. Sección 3.ª Procedimiento negociado

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-08-2011 en vigor desde 03-11-2011