Artículo 42 Convención so...ueva York-

Artículo 42 Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad -Nueva York-

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Artículo 42. Firma.

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La presente Convención estará abierta a la firma de todos los Estados y las organizaciones regionales de integración en la Sede de las Naciones Unidas, en Nueva York, a partir del 30 de marzo de 2007.