Articulo 42 D 75/2007, de...a Vivienda

Articulo 42 D. 75/2007, de 18 de mayo, C.Valenciana, Reglamento de Protección Pública a la Vivienda

Ver Indice
»

Artículo 42. Normas de diseño y condiciones de la vivienda

Vigente

Las viviendas de protección pública de nueva construcción deberán cumplir con la normativa de diseño y condiciones de la vivienda que se establezca al efecto para las viviendas y que se desarrolle por la Generalitat.