Articulo 42 DF 5/2012, de...tributaria

Articulo 42 DF. 5/2012, de 24 de enero, Bizkaia, Reglamento de inspección tributaria

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Artículo 42. Lugar de formalización de las actas.

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Las personas actuarias podrán determinar que las actas sean extendidas y firmadas en la oficina, local de negocio o despacho de la persona obligada tributaria, o bien en las oficinas de la Administración tributaria.

La firma de las actas también podrá tener lugar a través de la Sede Electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.