Articulo 42 DLeg 2/2000, ...Patrimonio

Articulo 42 DLeg. 2/2000, de 29 junio, Aragón, TR. Ley de Patrimonio

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Artículo 42. Reversión de bienes expropiados.

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Para la reversión de los bienes expropiados se estará a lo establecido por la legislación sobre expropiación forzosa.