Articulo 42 Estatuto de A... Cantabria

Articulo 42 Estatuto de Autonomía para Cantabria

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Artículo 42.

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De acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial, se creará en Cantabria un Tribunal Superior de Justicia ante el que se agotarán las sucesivas instancias procesales, sin perjuicio de lo establecido en el artículo ciento veintitrés de la Constitución.