Articulo 42 Estatutos de ... Distancia

Articulo 42 Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia

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Artículo 42. Reglamento de régimen interior.

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1. Todas las Facultades y Escuelas, la Escuela Internacional de Doctorado y los Departamentos e Institutos Universitarios de Investigación deberán elaborar y presentar a la aprobación del Consejo de Gobierno un proyecto de reglamento de régimen interior en el plazo máximo de seis meses a partir del momento de su creación o constitución.

2. El proyecto de reglamento se ajustará a los principios y directrices establecidos en las leyes generales y en estos estatutos, y habrá de ser aprobado por el Consejo de Gobierno.

3. Transcurridos tres meses desde la fecha en que el proyecto de reglamento se haya presentado a aprobación del Consejo de Gobierno sin que éste hubiese formulado resolución expresa, dicho reglamento se entenderá aprobado.