Articulo 42 Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración
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Articulo 42 Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración

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Artículo 42. Evaluación.

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La Administración general revisará periódicamente la normativa vigente para adaptarla a los principios de buena regulación y para comprobar en qué medida las normas en vigor han conseguido los objetivos previstos y si estaban justificados y correctamente cuantificados el coste y las cargas impuestas en ellas. El resultado de la evaluación se plasmará en un informe que se hará público, con el detalle, periodicidad y por el órgano que se determine reglamentariamente, y que también se remitirá al Parlamento de La Rioja.

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