Articulo 42 Líneas de promoción juvenil
Artículo 42.- Hojas de incidencias.
1. En las hojas de incidencias se anotarán todos los hechos relevantes que tengan lugar durante el desarrollo de la actividad, y especialmente todos aquellos relacionados con la valoración de riesgos y, en su caso, las medidas preventivas adoptadas.
2. La persona responsable de la actividad remitirá las hojas de incidencias a la unidad correspondiente de la consejería competente en materia de juventud, preferentemente a través de la sede electrónica, https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo máximo de 30 días naturales a contar desde la finalización de la actividad.
- Artículo modificado por DECRETO 82/2015, de 23 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 117/2003, de 9 de octubre, por el que se regulan las líneas de promoción juvenil en Castilla y León.
(BOCYL de 28-12-2015) en vigor desde 29-12-2015