Articulo 42 Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas 2003 C. León
Ver Indice
»Artículo 42. Pactos, convenios y acuerdos entre los agentes económicos y sociales y la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los pactos, convenios y acuerdos de cualquier tipo que pretendan suscribirse entre órganos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y los agentes sociales y económicos de ámbito regional, deberán ser sometidos, con carácter previo a su firma, a la aprobación de la Junta de Castilla y León por el titular de la Consejería afectada o, en el caso de afectar a varias Consejerías, por el Consejero de Presidencia y Administración Territorial, a iniciativa de los titulares de las Consejerías interesadas.
