Articulo 42 Prestaciones ... -Vigente-

Articulo 42 Prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia, cálculo de la capacidad económica y medidas de apoyo a personas cuidadoras no profesionales -Vigente-

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Artículo 42. Modalidades de formación.

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En función de las necesidades de la persona cuidadora, la modalidad de la formación será presencial, a distancia, o mixta. Se podrá realizar a distancia en aquellos casos que su perfil garantice un adecuado aprovechamiento de la misma. Asimismo, se procurará utilizar una metodología activa y participativa, estableciendo, en la medida de lo posible, la incorporación de las tecnologías de la información y la comunicación como una metodología complementaria a utilizar, especialmente en la formación específica y de refuerzo.

En el desarrollo de las acciones de formación, se tendrá en cuenta los distintos perfiles de la persona cuidadora, promoviendo, en su caso, una orientación hacia acciones formativas que permitan a los cuidadores no profesionales incorporarse al mercado laboral.