Articulo 42 Prestaciones sociales de carácter económico
Articulo 42 Prestaciones ... económico

Articulo 42 Prestaciones sociales de carácter económico

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 42. Órganos competentes en el procedimiento sancionador

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. La dirección general competente en renta social garantizada es el órgano competente para instruir los procedimientos sancionadores de la renta social garantizada.

2. El órgano competente para resolver los procedimientos sancionadores es la consejera o consejero competente en materia de servicios sociales.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-06-2020 en vigor desde 17-06-2020