Articulo 42 Presupuestos 2004 C León

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Artículo 42.ºLos Consejos Reguladores definitivos.

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Los Consejos Reguladores definitivos de las Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográfi­cas Protegidas rendirán sus cuentas anuales a la Consejería de Agricultura y Ganadería y las somete­rán a auditoría externa. La Intervención General de la Administración de la Comunidad de Castilla y León coordinará la realización de estas auditorías.