Articulo 42 Presupuestos 2012 Navarra
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»Artículo 42. Fundaciones de planificación y desarrollo territorial.
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A las partidas de Fundaciones cuyo objeto sea la planificación territorial, el desarrollo territorial o el planeamiento urbanístico, podrán aplicarse los gastos de cualquier naturaleza relacionados con la gestión y cumplimiento de su objeto social.
