Articulo 42 quater Estatutos del Organismo Autonómo Hacienda Tributaria
Artículo 42 quater. Funciones de la Sección de Campaña del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre el Patrimonio.
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En el ámbito impositivo de su competencia la Sección de Campaña del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre el Patrimonio ejercerá las siguientes funciones:
a) El diseño y confección de los formularios e impresos, así como de los programas de ayuda a la confección de declaraciones y demás servicios que se presten en la Campaña del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre el Patrimonio.
b) La organización de los cursos de formación que se impartan al personal que cumplimenta las declaraciones.
c) El establecimiento de los criterios organizativos a seguir por las entidades colaboradoras en el desarrollo de la Campaña del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
d) La ejecución de los trabajos referentes a la generación y envío de propuestas de autoliquidación por el IRPF, así como la confección de declaraciones de forma presencial a los contribuyentes que lo soliciten.
e) El análisis, revisión y comprobación de las declaraciones y demás documentación referida a los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre el Patrimonio, la solicitud de justificación documental y la práctica de liquidaciones tributarias de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral General Tributaria.
f) La tramitación y resolución de las impugnaciones y de los recursos de reposición interpuestos contra los actos dictados por la Sección.
g) La atención a consultas fiscales en sus aspectos técnicos en coordinación con las demás unidades administrativas de su Servicio.
h) Las demás funciones que le atribuyan las disposiciones en vigor y cualquier otra relacionada que le sea encomendada por el Director del Servicio de Gestión del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre el Patrimonio.
- Modificación realizada (42 quater) por DECRETO FORAL 125/2012 de 12 de diciembre, por el que se modifican los Estatutos del Organismo Autónomo Hacienda Tributaria de Navarra, aprobados por Decreto Foral 119/2007, de 3 de septiembre.
(NA de 26-12-2012) en vigor desde 27-12-2012 - Artículo modificado por DECRETO FORAL 17/2011, de 21 de marzo, por el que se modifica la estructura orgánica del Organismo Autónomo Hacienda Tributaria de Navarra, aprobada por Decreto Foral 119/2007, de 3 de septiembre.
(NA de 01-04-2011) en vigor desde 01-04-2011
