Articulo 42 Régimen juríd... Comunidad

Articulo 42 Régimen jurídico de la Administración de la Comunidad

Ver Indice
»

Artículo 42. Forma de los actos administrativos

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


La forma de los actos administrativos, salvo que una ley exija específicamente otra, es la siguiente:

a) Los actos dictados por el presidente adoptan la forma de decreto.

b) Los actos dictados por el Gobierno y por las comisiones delegadas adoptan la forma de acuerdo.

c) Los actos dictados por el vicepresidente y por los consejeros adoptan la forma de resolución.

d) Los actos dictados por otros órganos adoptarán la forma de resolución y, si se trata de órganos colegiados, la de acuerdo.