Articulo 42 Reglamento Ge...upuestaria

Articulo 42 Reglamento General Presupuestario, de desarrollo del TR. de la Norma Foral General Presupuestaria

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Artículo 42.-Objeto.

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Es objeto de esta subsección definir algunos conceptos que aclaren el uso de los convenios y de los encargos a medios propios personificados, como instrumentos que forman parte de algunos de los procedimientos administrativos, que utilizan la Diputación Foral de Bizkaia y sus organismos autónomos.