Articulo 42 Reglamento ma... de Aragón

Articulo 42 Reglamento marco de organización de las Policías Locales de Aragón

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Artículo 42.

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1. La provisión de puestos de trabajo específicos dentro de cada Cuerpo de Policía se realizará mediante resolución del órgano competente según el Reglamento orgánico de cada cuerpo.

2. Podrá modificarse la adscripción a un determinado puesto de trabajo a petición del interesado o por el órgano competente, por justificadas necesidades del servicio.