Articulo 42 Reglamento para la mejora de la accesibilidad y la supresión de barreras arquitectónicas
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»Artículo 42. Constitución.
Vigente
(DEROGADO)
Modificaciones
- Artículo modificado por Decreto 1/2023 de 23 de enero de regulación de la accesibilidad universal en los espacios de uso público de las Islas Baleares
(BOIB de 24-01-2023) en vigor desde 24-02-2023