Articulo 42 Residuos y suelos contaminados de Galicia
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»Artículo 42. Centros de recogida separada de residuos industriales
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La Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia fomentará la creación y puesta en marcha de centros de recogida separada de residuos industriales en los polígonos industriales y en los parques empresariales.
