Articulo 42 TR de disposiciones en materia de ordenación del territorio y urbanismo
Articulo 42 TR de disposi... urbanismo

Articulo 42 TR. de disposiciones en materia de ordenación del territorio y urbanismo

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Artículo 42. Objetivo general.

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A los efectos de este Texto Refundido, se consideran Evaluaciones de Impacto el conjunto de estudios y análisis encaminados a predecir, valorar y adecuar la posible incidencia que una actuación o grupo de actuaciones haya de tener sobre un ámbito espacial determinado.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-04-2004 en vigor desde 28-04-2004