Articulo 42 Transparencia y Gobierno Abierto
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»Artículo 42. Derechos de participación y colaboración en la definición de las políticas públicas.
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1. Los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a participar y a colaborar en la elaboración de las políticas públicas.
2. A estos efectos, la Administración Pública establecerá los medios necesarios para que los ciudadanos y ciudadanas puedan colaborar en el diseño y elaboración de programas anuales y plurianuales, en los que se definirán los objetivos concretos a conseguir, las actividades y medios necesarios para ejecutarlos, el tiempo estimado para su consecución y las personas o los órganos responsables de su ejecución.
