Articulo 42 Universidades de Cataluña

Articulo 42 Universidades de Cataluña

Ver Indice
»

Artículo 42. Tipología de personal académico.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


El personal académico de las universidades públicas está integrado por el profesorado de los cuerpos docentes universitarios, por el profesorado contratado y por los investigadores propios y vinculados, contratados de acuerdo con la normativa vigente.