Articulo 42316 Libro cuarto del Codigo civil de Cataluña, relativo a las sucesiones
Ver Indice
»Artículo 423-16. Condiciones imposibles, irrisorias y perplejas
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las condiciones imposibles, las irrisorias y las perplejas se tienen por no formuladas.
