Articulo 425 Código del Derecho Foral de Aragón
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»Artículo 425. Error en la indicación de la persona o de los bienes.
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Si el testador hubiera indicado erróneamente la persona del heredero o del legatario, o los bienes que son objeto de la disposición, pero de la interpretación del testamento fuera posible concluir a qué persona o bienes pretendía referirse, la disposición vale relativamente a esta persona o a estos bienes.
