Articulo 42512 Código Civil de Cataluña
Articulo 42512 Código Civil de Cataluña

Articulo 42512 Código Civil de Cataluña

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 425-12. Designación de sustituto

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. La sustitución ejemplar debe ser ordenada a favor de descendientes, del cónyuge o del conviviente en pareja estable del incapaz. A falta de estos, puede ordenarse a favor de parientes del incapaz dentro del cuarto grado de consanguinidad en línea colateral. Si faltan unos y otros, puede ordenarse a favor de cualquier persona.

2. La sustitución ejemplar puede ordenarse, sin tener que respetar el orden establecido por el apartado 1, a favor de las personas físicas o jurídicas que hayan ejercido la tutela del incapaz o que hayan asumido deberes de cuidado y prestación de alimentos a este y los hayan cumplido hasta su muerte.

Modificaciones