Articulo 42733 Libro cuar...sucesiones

Articulo 42733 Libro cuarto del Codigo civil de Cataluña, relativo a las sucesiones

Ver Indice
»

Artículo 427-33. Legado de acciones y participaciones sociales

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



En el legado de acciones y participaciones sociales, corresponde al legatario el ejercicio del derecho de voto a partir de la delación, si es propietario de las mismas de acuerdo con los artículos 427-10 y 427-15, aunque la posesión no le haya sido entregada por el heredero.