Articulo 43 aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley Foral 19/2019, de 4 de abril, de protección de los animales de compañía en Navarra
Artículo 43. Colección particular de animales de compañía.
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1. La colección particular de animales de compañía, de acuerdo a las características y el tipo de tenencia, debe cumplir los requisitos establecidos en este reglamento con las siguientes particularidades:
a) No está obligado a disponer de los registros regulados en el artículo 30 de este reglamento.
b) La persona propietaria no está obligada a tener el certificado oficial de capacitación, establecido en el artículo 31 de este reglamento.
c) Podrá situarse a menor distancia que las establecidas en el artículo 32 de este reglamento, siempre que sea un domicilio particular y que no suponga un riesgo sanitario, de salud pública o medioambiental y que no provoquen molestias.
d) El centro estará exento de cumplir con los puntos a y l del artículo 33.1. En relación a lo dispuesto en la letra f del apartado 1 del artículo 33 estarán exento de cumplir con la necesidad de disponer de instalaciones al aire libre. Se debe garantizar que los animales se mantienen en todo momento en un entorno adecuado a su especie, raza y edad con respecto a sus necesidades de comportamiento, espacio, calidad del aire, limpieza, temperatura, calidad del agua, niveles de ruido, niveles de luz y ventilación.
e) Dispondrá de los servicios de un veterinario o una veterinaria, encargada de la supervisión sanitaria y la prescripción de los tratamientos veterinarios precisos.
2. La tenencia de una especie animal que supere el número establecido en el anexo 2 obligará a inscribir a esa especie y a todas las demás especies de animales que mantenga en sus instalaciones, aunque estas no superen el límite.
3. No puede desarrollar ninguna actividad económica o lucrativa con los animales que posea. En caso contrario la actividad deberá estar autorizada y el centro registrado en cualquiera de las modalidades previstas en los apartados 1, 2 y 3 del artículo 23 de este reglamento y deberá cumplir con los requisitos que para cada tipo de centro se establecen.

