Artículo 43 bis Procedimi...chillerato

Artículo 43 bis Procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato

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Artículo 43 bis. Procedimiento de desempates

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Según lo establecido en el apartado 3 del artículo 38 del Decreto 40/2016, en las situaciones de empate que se produzcan después de aplicar los criterios de desempates, el sorteo público se realizará de acuerdo con el procedimiento siguiente: se elegirán dos letras por las cuales se ordenará el primer apellido; también otras dos letras por las cuales se ordenará el segundo apellido, y que se aplicarán cuando exista coincidencia con el primero. En caso de no disponer de un segundo apellido, se considerará que este empieza con «AA».