Articulo 43 Cine de Cataluña
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»Artículo 43. Conservación, promoción y difusión del patrimonio fílmico y documental
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1. Corresponde al Instituto de la Filmoteca Nacional de Cataluña conservar, promover y difundir la cultura cinematográfica y el patrimonio fílmico y documental de Cataluña.
2. El Instituto de la Filmoteca Nacional de Cataluña puede establecer convenios de colaboración con otras administraciones públicas o entidades privadas que tengan por objeto conservar, promover y difundir la cultura cinematográfica y el patrimonio fílmico o documental.
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley 4/2026, de 11 de mayo, del Instituto de la Filmoteca Nacional de Cataluña (GC de 12-05-2026) en vigor desde 13-05-2026
