Articulo 43 Comercio de Cantabria
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»Artículo 43. Derecho de desistimiento.
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(DEROGADO)
Modificaciones
- Artículo modificado (43 (se deroga)) por Ley de Cantabria 2/2010, de 4 de mayo, para la modificacion de la Ley de Cantabria 1/2002, de 26 de febrero, del Comercio de Cantabria, y de otras normas complementarias para su adaptacion a la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.
(S de 14-05-2010) en vigor desde 15-05-2010
