Articulo 43 Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar
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»Artículo 43
Vigente
El Auditor Presidente, por resolución motivada, podrá disponer la celebración de las vistas en cualquier lugar del territorio nacional.
El Auditor Presidente, por resolución motivada, podrá disponer la celebración de las vistas en cualquier lugar del territorio nacional.