Articulo 43 Economía Circ... Andalucía

Articulo 43 Economía Circular de Andalucía

Ver Indice
»

Artículo 43. Fondos circulares de conectividad digital.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. La Oficina Andaluza de Economía Circular, en colaboración con las Consejerías competentes en materia de educación y de servicios sociales, fomentará la constitución en empresas y otras entidades públicas y privadas de fondos circulares para combatir la brecha digital, que faciliten a la comunidad educativa y a las familias con menos recursos el acceso a aparatos electrónicos que aún cuenten con vida útil.

2. Las mencionadas Consejerías desarrollarán anualmente campañas de entrega gratuita de tales aparatos electrónicos y establecerán las prioridades de reparto que deban ser atendidas.