Articulo 43 Igualdad de Mujeres y Hombres Bizkaia
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»Artículo 43. Requisitos para resultar beneficiarias
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En aquellas bases reguladoras de concesión de subvenciones que se estime oportuno conforme a su contenido y finalidad, entre los requisitos que deberán reunir las y los beneficiarios de la convocatoria de la subvención, figurará la trayectoria y el desarrollo de actuaciones dirigidas a la igualdad de mujeres y hombres, lo que podrá acreditarse en los términos establecidos en el desarrollo reglamentario de la Diputación Foral de Bizkaia en materia de subvenciones
