Articulo 43 Integracion d...nmigrantes

Articulo 43 Integracion de las Personas Inmigrantes

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Artículo 43. Medidas para atender a las mujeres inmigrantes en situaciones de riesgo

Vigente

La Generalitat garantizará la atención especializada a mujeres inmigrantes en situación de riesgo, de exclusión social y vulnerabilidad, y velará por la prevención de situaciones que puedan ocasionar abandonos, explotación de la prostitución y el tráfico ilegal de mujeres con este fin, malos tratos, dependencia absoluta del varón u otras situaciones similares, facilitando la obtención por las mismas de una información adecuada sobre los derechos y mecanismos jurídicos de que disponen, de acuerdo con la normativa vigente.

Asimismo, se realizarán campañas de información y se fundamentarán las redes de apoyo mutuo y asociacionismo.