Articulo 43 Medidas Fisca... de Aragón

Articulo 43 Medidas Fiscales y Administrativas 2016 de Aragón

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Artículo 43.- Modificación de la Ley 9/2006, de 30 de noviembre, de Calidad Alimentaria de Aragón.

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La Ley 9/2006, de 30 de noviembre, de Calidad Alimentaria de Aragón, se modifica en los términos siguientes:

Uno. La letra a) del apartado 2 del artículo 6 queda redactada como sigue:

«a) Inscripción habilitante en los registros administrativos cuando lo exija una norma de rango legal, una norma comunitaria o un tratado internacional, y notificación de los datos necesarios para su alta en dichos registros cuando reglamentariamente se exija.»

Dos. Se suprime el apartado 7 del artículo 29.

Tres. La letra k) del apartado 2 del artículo 35 se redacta como sigue:

«k) Expedir certificados de producto u operador acogido a la denominación geográfica, así como contraetiquetas, precintos y otros marchamos de garantía.»

Cuatro. El artículo 45 queda redactado como sigue:

«Artí­culo 45.- La producción ecológica.

1. Solo los alimentos, materias y elementos alimentarios a los que se refiere el artículo 1.2 del Reglamento (CE) n.º 834/2007 del Consejo, de 28 de junio de 2007, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 2092/1991, que cumplan con los requisitos establecidos en dicho Reglamento y en normas concordantes podrán utilizar en su etiquetado, presentación y publicidad las indicaciones protegidas que se regulan en su artículo 23.

2. Corresponde al consejero competente en materia de agricultura la aprobación de normas y la fijación de criterios para la aplicación en Aragón de las disposiciones sobre agricultura ecológica.»