Articulo 43 Medidas urgen...de valores

Articulo 43 Medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa de la UE en materia del mercado de valores

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Artículo 43. Negociación en un SMN o SOC sin consentimiento de su emisor.

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Cuando un valor negociable admitido a negociación en un mercado regulado se negocie también en un SMN o en un SOC sin consentimiento de su emisor, éste no estará sujeto a ninguna obligación de información financiera inicial, continua o ad hoc en relación con ese SMN o SOC.