Articulo 43 Medidas Urgentes de Intensificación de la Competencia en Mercados de Bienes y Servicios
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»Artículo 43. Horarios comerciales.
Vigente
(Artículo extinguido por desaparición sobrevenida del objeto)
Modificaciones
- Modificación realizada (Extinción del artículo 43 por desaparición sobrevenida del objeto) por Pleno. Sentencia 170/2012, de 4 de octubre de 2012. Recurso de inconstitucionalidad 5013-2000. Interpuesto por el Gobierno de la Generalitat de Cataluña en relación con diversos preceptos del Real Decreto-ley 6/2000, de 23 de junio, de medidas urgentes de intensificación de la competencia en mercados de bienes y servicios. Límites a los decretos leyes; competencias sobre condiciones básicas de igualdad, ordenación general de la economía, bases del régimen energético, comercio interior, industria y urbanismo: concurrencia del presupuesto habilitante del decreto ley; nulidad del precepto estatal que excluye del cómputo de edificabilidad los espacios ubicados en grandes establecimientos comerciales que se destinen al suministro de combustible a vehículos. Voto particular.
(BOE de 01-11-2012) en vigor desde 01-11-2012 - Modificación realizada por LEY 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales.
(BOE de 22-12-2004) en vigor desde 01-01-2005 - Artículo modificado (Se declara nulo el artículo 43) por Pleno. Sentencia 31/2011, de 17 de marzo de 2011. Recurso de inconstitucionalidad 4989-2000. Interpuesto por el Parlamento de Cataluña en relación con el artículo 43 y el párrafo octavo de la disposición final segunda del Real Decreto-ley 6/2000, de 23 de junio, de medidas urgentes de intensificación de la competencia en mercados de bienes y servicios. Límites a los decretos-leyes: inexistencia de situación de extraordinaria y urgente necesidad. Nulidad de disposición estatal.
(BOE de 11-04-2011) en vigor desde 25-06-2000

