Articulo 43 Norma Técnica de Planeamiento (NOTEPA)
Artículo 43. Documentación escrita y gráfica.
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La modificación aislada de planeamiento contendrá documentación escrita y gráfica suficiente que justifique su necesidad y defina su nuevo contenido con un grado de precisión similar al del planeamiento que modifica.
En todo caso incluirá como documentación escrita, una memoria que contenga la justificación de su necesidad o conveniencia y el estudio de sus efectos sobre el territorio, y la ficha de datos generales del anexo V cuando así proceda; como documentación gráfica, caso que se precise, un plano de situación del ámbito objeto de modificación, un plano de detalle de estado previo, otro plano de detalle del estado modificado, y el plano/os de ordenación del plan resultantes tras la modificación, que sustituirían a los vigentes, elaborados con la misma escala y grado de precisión.
