Articulo 43 Ordenacion de...e La Rioja

Articulo 43 Ordenacion del Territorio y Urbanismo de La Rioja

Ver Indice
»

Artículo 43. Solar.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Tendrán la condición de solares las superficies de suelo urbano consolidado aptas. para la edificación que reúnan los siguientes requisitos:

  1. Que estén urbanizadas con arreglo a las normas mínimas establecidas en cada caso por el planeamiento y que tengan señaladas alineaciones y rasantes.

  2. Si no existiere planeamiento o no concretase las normas mínimas de urbanización, se exigirá que cuenten con los servicios señalados en el artículo 41.1.a y que la vía a la que la parcela dé frente tenga pavimentada la calzada, alumbrado público y encintado de aceras.