Articulo 43 ORDENde16demayode2013,delaConsejeradeEducación,Universidad,CulturayDeporte,porlaqueseestablecenlasbasesreguladorasparalaconcesióndesubvencionesenmateriadedeporte.
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»Artículo 43. Cuantía.
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La correspondiente convocatoria establecerá la disponibilidad presupuestaria para las ayudas convocadas y el importe máximo que pueda concederse en cada ayuda, que se otor garán teniendo en cuenta.
la tipología de las instalaciones, el presupuesto presentado, el ámbito territorial de uso, la cantidad de usuarios a los que afecta, su incidencia en el sistema deportivo aragonés, la disposición arquitectónica dirigida a la adecuación a las personas con discapacidad, la mejora de la seguridad y la utilización de sistemas de mantenimiento y gestión respetuosos con el medio ambiente y de acuerdo a criterios de desarrollo sostenible.
