Articulo 43 Organización ...ón pública

Articulo 43 Organización y Régimen Jurídico de la administración pública

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Artículo 43. Funciones de los organismos autónomos.

Vigente

Los organismos autónomos se rigen por el Derecho Administrativo y se les encomienda, en régimen de descentralización funcional y en ejecución de programas específicos de la actividad de una Consejería, la realización de actividades administrativas de fomento, prestacionales o de gestión de servicios públicos.