Articulo 43 Participación...en Navarra

Articulo 43 Participación Democrática en Navarra

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Artículo 43. Espacio digital de participación.

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El espacio digital de participación del Gobierno Abierto será el punto de acceso a la información a la participación y desde donde se canalice la misma. En ese Portal:

a) Se centralizarán todos los procesos participativos ciudadanos implementados por el Gobierno de Navarra.

b) Se alojará un Catálogo con los diferentes procesos participativos ciudadanos aprobados por el Gobierno de Navarra y disponibles para su implementación.

c) Se publicará la normativa sobre participación ciudadana de la Administración de la Comunidad Foral.

d) Se publicará una Guía con los requisitos y criterios necesarios para proponer cualquier otro tipo de procesos participativos ciudadanos que, en caso de ser aprobados, puedan pasar a formar parte del Catálogo.

e) Se proveerá, a petición de las entidades locales que así lo soliciten, tanto la posibilidad de que utilicen los recursos del Espacio digital de participación para la promoción de la participación ciudadana en su propio ámbito local como, en su caso, un enlace a la página web de participación propia de la entidad local.

f) Se facilitará el Espacio digital propio al que se refiere el artículo siguiente.