Artículo 43 Prestación Canaria de Inserción
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»Artículo 43. Convenios.
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El Gobierno de Canarias podrá suscribir convenios con otras entidades públicas o privadas con el objeto de completar sus actuaciones en los itinerarios formativos, así como en la inserción efectiva de los beneficiarios de la Prestación Canaria de Inserción.
Modificaciones
- Artículo modificado (43 (se añade)) por LEY 2/2015, de 9 de febrero, de modificación de la Ley1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la PrestaciónCanaria de Inserción.
(CN de 13-02-2015) en vigor desde 14-02-2015
