Articulo 43 Presupuestos 2004 Madrid

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Artículo 43. Autorización de cupos de efectivos en centros públicos.

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El Gobierno de la Comunidad de Madrid autorizará, a propuesta de la Consejería de Educación y previo informe de la Consejería de Hacienda, el número global de nuevos cupos de efectivos de cuerpos docentes para el curso escolar 2004- 2005.