Articulo 43 Presupuestos 2007 Galicia

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Artículo 43. Convocatorias de ayudas y subvenciones.

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Las correspondientes convocatorias marcarán el plazo de presentación de las solicitudes, que en ningún caso será inferior a un mes y respetarán lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en lo que se refiere a la presentación de documentos que obran en poder de la Xunta de Galicia. El plazo indicado no será aplicable cuando la convocatoria venga prefijada por una normativa de carácter estatal.

Las bases reguladoras de las ayudas y subvenciones indicarán expresamente que la presentación de las solicitudes conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado, la Comunidad Autónoma y la Seguridad Social, a través de certificados telemáticos, quedando liberado el solicitante de aportar la correspondiente certificación.