Articulo 43 Presupuestos 2009 de la Junta
Artículo 43. Autorización de los costes de personal de la Universidad de Castilla-La Mancha.
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1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 81.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, se autorizan para el año 2009 los costes de personal de la Universidad de Castilla-La Mancha.
Costes de personal docente e investigador y de administración y servicios de la Universidad de Castilla-La Mancha sin incluir trienios, costes sociales y seguridad social:
- Personal docente e investigador sin incluir nuevas enseñanzas, integraciones, proyectos y contratos de investigación, enseñanzas propias y actividades extraordinarias: 77.376.906,00 euros, incluidos méritos docentes y complemento de calidad docente.
- Personal de administración y servicios: 36.576.370,00 euros, sin incluir los costes de personal de apoyo a los proyectos y contratos de investigación, enseñanzas propias y actividades extraordinarias.
2. La Universidad de Castilla-La Mancha podrá ampliar sus créditos del capítulo I en función de la subvención que reciba de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para la aplicación del Convenio de Financiación y Contrato-Programa, así como en función de las mayores subvenciones que, en su caso, reciba para estos gastos de la consejería con competencias en materia de educación. También podrán ampliarse los referidos créditos en virtud de autorización expresa otorgada por el Consejo de Gobierno, a propuesta conjunta de las consejerías con competencias en materia de educación y economía y hacienda.
