Articulo 43 Protocolo General de Actuación para el desarrollo de pruebas selectivas de personal funcionario y laboral
43. Llamamiento.
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43.1. El TCA realizará los llamamientos de las personas aspirantes en la forma determinada por las bases generales y las bases específicas, siendo de aplicación supletoria, la normativa reglamentaria correspondiente.
43.2. Cada día de llamamiento podrá estructurarse en una sola parte o bien en dos partes a horas distintas.
43.3. A la hora de inicio del llamamiento todas las personas aspirantes llamadas deberán estar presentes. No obstante, se admitirá la lectura del ejercicio siempre y cuando en el momento de corresponderle estuviere presente la persona aspirante.
43.4. No se admitirá la lectura del ejercicio a quien no estuviese presente en el momento de corresponderle por turno, salvo que, no habiendo concluido la lectura de todas las personas aspirantes de ese llamamiento, el TCA aprecie la concurrencia de causa de fuerza mayor, acreditada fehacientemente en ese momento, por la persona aspirante, o bien, podrá acordar la lectura condicionada del ejercicio, bajo apercibimiento de su deber de acreditación en el plazo máximo de 72 horas.
