Articulo 43 Reglamento general de carreteras
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Artículo 43. Documento final de obra

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1. El documento final consiste en la recopilación de toda la información necesaria para conocer de forma detallada las características de la obra ejecutada y para la posterior explotación del dominio público viario.

2. Se elaborarán documentos finales tras la ejecución de toda clase de obras de ejecución de nuevas carreteras o modificación de las existentes, excepto las de mera conservación y mantenimiento.

3. El documento final de obra debe contener los siguientes documentos:

a) Memoria con los anexos que sean precisos para desarrollar todos los datos necesarios, que incluirá:

1º. Identificación de la Administración titular de la carretera objeto de la obra.

2º. Descripción del objeto de las obras, que debe incluir los antecedentes y la situación previa a su ejecución, las necesidades que se pretendían satisfacer y la justificación de la solución adoptada, con la especificación de los factores de todo tipo que se tuvieron en cuenta y, en particular, los de tipo social, técnico, económico, medioambiental y administrativo.

3º. Justificación expresa de la coherencia de la obra ejecutada con la opción o solución aprobada, cuando se desarrolle un estudio o proyecto sometido a los trámites de información pública en materia de carreteras e informe de las administraciones afectadas y aprobado definitivamente, o, en caso contrario, justificación y argumentación de los motivos aducidos para apartarse de aquellos. Además, se debe comprobar la adecuación de la obra proyectada a los instrumentos de planeamiento urbanístico o, de no ser así, a las determinaciones urbanísticas del planeamiento local que han de ser modificadas como consecuencia de la aprobación de dicho estudio o proyecto.

4º. Justificación expresa del cumplimiento de la declaración de impacto ambiental, cuando la obra ejecutada desarrolle un estudio o proyecto sometido al trámite de evaluación ambiental o, en caso contrario, justificación y argumentación de los motivos aducidos para apartarse de aquella.

5º. Descripción completa de la obra ejecutada y análisis de su conformidad con respecto al proyecto que desarrolle o, en caso contrario, descripción de todas las variaciones introducidas con respecto a aquel y justificación y argumentación de los motivos aducidos para apartarse del mismo.

6º. Cronograma de los trabajos ejecutados y de la inversión realizada en cada período.

7º. Reseñas de las bases para el replanteo de la obra.

b) Planos de situación generales, de conjunto y de detalle necesarios para que el conjunto de la obra quede completamente definido.

c) Prescripciones técnicas según las cuales fueron ejecutadas las obras, con la especificación de la forma de ejecución, las obligaciones de carácter técnico, el sistema de medición de las unidades ejecutadas y el control de calidad de los materiales empleados y del proceso de ejecución, incluyendo copia de los registros de todos los ensayos de control de calidad efectuados, con análisis de las no conformidades detectadas.

d) Representación gráfica de la delimitación de las ocupaciones realizadas, así como la relación concreta e individualizada, en la que se describan, en todos los aspectos materiales y jurídicos, los terrenos, bienes, servidumbres y demás derechos reales ocupados para la ejecución de la obra o para la reposición de los servicios afectados por su ejecución, con la identificación de las personas titulares y copia compulsada de las respectivas actas de ocupación.

e) Representación gráfica de las zonas de protección de la carretera y de la línea límite de edificación.

f) Copias compulsadas del libro de órdenes, del libro de incidencias y del libro de subcontratación de la obra.

g) Medición y valoración de la obra ejecutada, incluyendo el cálculo de la revisión de precios y copia compulsada de la relación de las certificaciones emitidas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-06-2016 en vigor desde 08-07-2016