Artículo 44 se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad
- Norma convalidada el 12 de febrero de 2025. - Resolución de 12 de febrero de 2025, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad.
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»Artículo 44. Obligaciones de información sobre la utilización de los títulos subvencionados y de usuarios del transporte público.
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Las comunidades autónomas y entidades locales que sean beneficiarias de las ayudas deberán enviar información para poder valorar el efecto que ha tenido la implantación de los descuentos en el número de personas usuarias de los servicios públicos de préstamo de bicicletas, en los términos que se explicite por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
